El trabajador y trabajadora presta sus servicios a la empresa bajo la premisa de que el trabajo es un hecho social y goza del amparo legal del estado venezolano.
La empresa debe brindar a sus trabajadores y trabajadoras un ambiente digno y adecuado, condiciones de seguridad, salud y bienestar apropiado para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales en el desarrollo de sus actividades, dando estricto cumplimiento a las Leyes, Reglamentos, Normas y Procedimientos que en materia de seguridad están establecidos.
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